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Año2022 
STSJ M 9355/2022

Recurso de una empleada que trabajó de limpiadora, la empresa, que tras coger ésta la baja por IT (por trastorno del estado de ánimo afectivo causa que reseña ser tras 
unas sanciones por la empresa) contrata a unos Detectives, y la observan en dos dias diferentes realizando actividades de su misma actividad profesional, tareas que realiza en otras viviendas. El despido es por transgresión de la buena fe contractual, manteniendo el despido procedente.

Año 2021

SJSO 4603/2021

Tras 5 días de seguimiento al delegado de ventas, se demuestra la falsificación de sus notificaciones de gastos a la empresa, incurriendo con su conducta en la transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempeño del trabajo.

 

INCLUSION EN COSTAS EN TRABAJO DEL DP

 Audiencia Provincial de Madrid (Sección 14ª).
 Sentencia núm. 551/2010 de 16 noviembre      AC\2010\2145

COSTAS PROCESALES: TASACION DE COSTAS: honorarios devengados por detectives
privados: pueden incluirse, de existir condena al respecto, en la correspondiente tasación de costas, por cuanto aquellos profesionales legalmente habilitados intervienen en el proceso a través de sus informes y declaraciones por más que se trate, en realidad, de declaraciones testificales inicialmente escritas y tengan el carácter de pruebas preconstituidas, en el sentido de producidas antes del proceso pero con fines procesales: limitación en su cuantía
al tercio de la del proceso: determinación.
Jurisdicción: Civil
Recurso de Apelación núm. 509/2010
Ponente: IIlma. Sra. amparo camazón linacero

 

STSJ ICAN 4018/2024
 

La Sala mantiene el despido procedente en el que, la Detective, constata al trabajador, de profesión limpiador, durante su incapacidad temporal por motivos psicológicos, ansiedad, reparar un aire acondicionado.Una persona que no puede trabajar como limpiador por razón de su patología psíquica, con mayor razón no podría trabajar como técnico frigorista autónomo, que suma al nivel de exigencia y responsabilidad de las funciones que le son propias el que corresponde a ser empresario de uno mismo.

El mero hecho de estar en disposición de trabajar como autónomo cuando se está de baja como trabajador por cuenta ajena evidencia que, al margen de la valoración médica, la persona se siente capaz de trabajar y, por consiguiente, mantener la baja manifiesta aquella transgresión de la buena fe contractual.

El trabajador alega que su baja psicológica es derivada de la causa que padece en el ámbito laboral, y la sala le pide que lo justifique sin tener éxito.
Argumenta que "la causa del despido del actor, no es la actividad (laboral o no), sino la interposición por este de acciones judiciales contra la empresa", "el actor presenta demanda por impugnación de sanción y vulneración de derechos fundamentales poco antes de su despido. Escaso tiempo después, la empresa contrató un detective y lo despidió". Entiende que el despido debió ser calificado nulo

En este marco, la contratación de detective tuvo como propósito no la búsqueda indiscriminada de prueba con la que justificar un despido ya decidido, sino corroborar una concreta conducta del trabajador transgresora que de otro modo sería de imposible constatación al tener lugar fuera del lugar de trabajo. Así consta en el informe aportado: "Antecedentes Investigación": "La empresa sospecha que el trabajador, el Sr. Isidoro , si bien se encuentra de baja laboral médica, podría estar realizando trabajos en el sector de los aires acondicionados". e venía realizando como autónomo.
 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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